Ley universitaria: ¿avance o retroceso?

La SUNEDU amplió los plazos de cese de las Universidades Denegadas por Emergencia Sanitaria Nacional. También el Congreso de la República ha presentado un proyecto de ley que propone crear una instancia superior en la SUNEDU. Ambos hechos polémicos que, según expertos, ponen en peligro a la Ley Universitaria y sus fines.

Asamblea Nacional de Rectores – ANR y las universidades con fines de lucro

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Durante el gobierno de Ollanta Humala, se planteó la creación de la Ley Universitaria con la finalidad de sustituir la Asamblea Nacional de Rectores y crear un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Educación que regule la educación Universitaria. No fueron pocas las voces que, desde la ANR, denunciaron una intromisión del gobierno en la autonomía universitaria.

¿Qué fue la ANR? Fue un organismo autónomo creado a través de la ley universitaria 23733, en 1983, constituido por todos los rectores de las universidades públicas y las universidades privadas. Entre sus funciones estaba evaluar la creación de nuevas universidades, filiales, carreras, títulos, segundas especialidades, así como concordar los requisitos para el otorgamiento de grados y títulos. Adicionalmente, durante el Gobierno de Alberto Fujimori, mediante el Decreto Legislativo 882 se permitió la creación de las universidades con fines de lucro; es decir, que estas puedan ser creadas sin necesidad de una ley y puedan ser manejadas como si fueran una empresa privada a diferencia de las universidades asociativas (privadas o públicas) cuya finalidad es la investigación.

Esto supuso un problema: los rectores eran juez y parte en la evaluación de las universidades. De acuerdo con los especialistas, antes de la ley universitaria se autorizaban universidades que no contaban con la infraestructura adecuada ni los estándares de calidad mínimos para ofrecer una carrera profesional. La prensa denunció la aparición de autoridades universitarias con sueldos millonarios, como el caso de Luis Cervantes, rector de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega (centro educativo que no obtuvo el licenciamiento), quien ganaba más de dos millones de soles mensuales.

Sobre la ley universitaria y la SUNEDU

Diego Méndez Vásquez, exanalista legal de la SUNEDU, comenta acerca del proceso de implementación de la ley, así como de sus objetivos. “La Ley Universitaria es la consecuencia de la crisis del sistema educativo universitarios que quedó evidenciado en el 2010 por el Tribunal Constitucional que a través de una sentencia declaró la existencia de un estado de cosas constitucionales. El Perú ocupaba los últimos puestos de los rankings de calidad universitaria”. También comentó que primaba el subempleo, es decir, muchos profesionales que egresaban de universidades de baja calidad terminaban desempeñando otros oficios distintos a su carrera. “Pasa que muchas personas han estudiado, invertido su dinero, y finalmente no son contratados por no haber recibido una educación de calidad. Es decir, fueron de alguna forma estafados”.

Méndez explica la sentencia del Tribunal Constitucional no solo hacía una descripción de la situación del sector sino también del órgano rector autónomo que era la ANR. “Con la Constitución de 1993 se pasó de un régimen en que la ley era el título habilitante para la creación de la universidad a un régimen de autorización administrativa”, señala. Con el cambio constitucional también se creó el CONAFU que era un órgano adscrito a la ARN que daba las autorizaciones provisionales y definitivas. “Las autorizaciones definitivas eran una carta abierta porque con ellas se podían crear los programas que se quisieran y abrir las filiales que se quisieran. No había control porque la ARN estaba conformada por los mismos rectores”, añade. Entonces, el Tribunal Constitucional, explica Méndez, determinó que la ARN no había cumplido bien su función porque permitió un crecimiento exponencial de carreras y filiales que no cumplían con las condiciones mínimas.

En el 2014, se aprueba la Ley Universitaria, crea la SUNEDU, los parámetros para el licenciamiento y las condiciones básicas de calidad. Para Méndez esta ley tiene las siguientes características: (i) Constituye un  organismo técnico especializado autónomo que es la SUNEDU adscrito al Ministerio de Educación, (ii) crea licenciamiento y crea un mecanismo de autorización propiamente dicho que garantice los estándares mínimos, (iii) establece los requisitos mínimos para la obtención de grados y títulos (dentro del que se destaca que no pueda existir titulación en una universidad distinta que brinda el servicio educativo) y (iv) puso un freno a la educación a distancia al 100%. “Una universidad dictaba un programa de Ciencias de la Salud de 100% a distancia hasta antes de la ley. No tenía ningún sentido”. Así también incluyó el deber de adecuación en base a lo que fijó la sentencia del Tribunal Constitucional.

Méndez comenta que, en estos momentos, no se puede medir la eficiencia de la norma porque estos resultados se darán en el largo plazo. “Yo creo que mejora la calidad educativa pero no es algo que podamos medir ahora porque recién se está terminando la primera etapa de verificación de la SUNEDU. Ver el resultado es una tarea de largo aliento. En lo inmediato obliga a que el 25% de los docentes sean a tiempo completo en las universidades y eso es bueno”. Por último, explicó que la SUNEDU no es el único actor del sistema universitario, está el ente acreditador y las universidades. “El camino es el de la mejora continua”.

Extraña modificación

La modificación aprobada por la SUNEDU establece que las universidades a las cuales se les ha denegado el licenciamiento tengan tres años adicionales al plazo estipulado anteriormente.

Antes de la modificación a las universidades que no obtuvieron el licenciamiento se les daba un plazo de dos años para seguir brindando el servicio educativo a los estudiantes inscritos sin admitir nuevos y dos años más adicionales para el otorgamiento  Ahora bien, esto en la práctica implica que las universidades den el servicio educativo durante dos años, pero que tengan dos años más adicionales para la entrega de grados y títulos; es decir, las universidades no licenciadas contarían con un plazo de cuatro años para cesar actividades. Con la modificación al plazo anterior se le suman tres años más; es decir, que las universidades no licenciadas ya no tendrán un plazo de cuatro años sino de siete.

Lo que genera suspicacias es que el argumento de la SUNEDU para realizar esta modificación es la pandemia del COVID-19. Sin embargo, estas denegatorias de licenciamiento fueron previas al brote de la enfermedad y el plazo de tres años adicionales parece exagerado. También genera suspicacias que esto se haya aprobado en el contexto de otorgamiento del pedido de confianza del gabinete encabezado por Vicente Zeballos. 

Los profesores opinan

Marco Arnao, profesor de Derecho de las universidades Pedro Ruiz Gallo (UNPRG), Santo Toribio de Mogrovejo, Tecnológica del Perú (UTP) y de La Sabana, en Colombia, señala que “en el proceso de licenciamiento, se ha descubierto algo que ya se conocía: el pésimo nivel con que se daba la calidad educativa en el Perú”. Comenta que, en el caso de Colombia y Chile, estos países vienen desarrollando una política de calidad educativa hace más de veinte años atrás, sin contar que en Europa existe el Proyecto Tuning, que permite uniformizar el nivel educativo en todo el continente hace veinte años. “En el Perú recién con la Ley Universitaria se ha comenzado a implementar ciertas medidas respecto a la evaluación de la calidad educativa, pero recién tiene seis años”. Respecto de la ampliación del plazo dada por la SUNEDU, Arnao menciona lo siguiente: “Ese es el problema del Perú, cuando se comienza un proyecto importante luego se choca con muchos intereses, no olvidemos que algunos representantes de universidades están en el congreso.” Comenta que muchas universidades, algunas de ellas que no han obtenido el licenciamiento, son grupos de poder económico que presionan para que se realicen este tipo de modificaciones.

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Miguel Ángel Huamán, profesor de Humanidades la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, comenta que, en principio, la ley tenía la intención de hacer una reforma en el sistema educativo universitario. “El país pedía a gritos una modernización de la norma, la ley del 83 era la más obsoleta y antigua de la región. El objetivo de esa reforma era mejorar la calidad educativa, pero era una reacción tardía a comparación de los demás países porque debió hacerse hace veinte años”. Huamán afirma que se tiene que ver el futuro. “No es posible el desarrollo sin un sistema educativo orientado hacia la investigación y la ciencia. Si no nos morimos por el Coronavirus nos moriremos por la desocupación, el atraso y la falta de tecnología, actividades cuya principal promotora es la universidad”. La clave está en la voluntad política. “El verdadero problema es el sensacionalismo, el inmediatismo. Nadie quiere tocar el tema educativo cuando es el único tema que garantiza un cambio hacía adelante.” Comenta también las falencias profesionales que existen en los distintos niveles del gobierno. “Se nota claramente la ausencia de formación en las cosas básicas, los temas de las disputas que hay entre ellos con respecto a las proyecciones de la pandemia sin saber manejar los conceptos matemáticos, eso demuestra que han llegado a un nivel de profesionalismo con grandes vacíos”.

Guillermo Chang Chuyes, profesor de la Universidad de Piura, manifiesta que el gran problema es que no se ha entendido qué es una universidad. “En el Perú asimilamos la universidad a instituto tecnológico. Aquí, en muchas universidades, se busca la especialización desde el inicio. No tenemos en cuenta que lo importante es la obtención del conocimiento universal. En otros países, lo fuerte son los estudios de humanidades, que dan ese criterio.

El gran problema de la reforma es que dejó a muchos universitarios en el aire. Chang considera que, si bien la Ley Universitaria persigue buenas intenciones, lo ideal hubiera sido permitir convertirse en institutos tecnológicos a aquellas universidades con licencia denegada. “Esto hubiese permitido absorber mucha población que necesita formación técnica. Cuando se hizo el Gasoducto, por ejemplo, vinieron muchos soldadores especializados en tuberías de gas del extranjero, porque en el país había muy pocos. Se necesita mucha mano técnica”. Por ello, respecto de la reciente prórroga de cierre de universidades, Chang opina que es alargar la agonía. Si ya el mercado y el Estado saben que no se garantiza calidad, engañamos a la gente si se mantienen abiertas.

Respecto de la reforma universitaria, Chang considera que una mejora sería respetar el principio de legalidad. “Por ejemplo, regular el licenciamiento en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y tramitar ante el Ejecutivo la emisión de Reglamentos a la Ley Universitaria. Son temas formales, sin embargo, son garantía de la imparcialidad», sostuvo el profesor.

Propuesta que se retiró

En el Congreso de la República se presentó un proyecto de ley en el que se propuso la creación de una segunda instancia política llamada “Consejo Nacional de Asuntos Universitarios (CONAU)”, encargada de revisar las decisiones de la SUNEDU. Los miembros de ese consejo serían elegidos por el Ministerio de Educación, el Congreso de la República, el Defensor del Pueblo y las autoridades universitarias.

Chang, quien es además especialista en Derecho administrativo, comenta que no es necesario tener una segunda instancia en la SUNEDU. “Los recursos administrativos no son el verdadero control de la Administración pública, sino un privilegio. Existen muchos procedimientos administrativos de única instancia. El verdadero control lo ejerce el Poder Judicial y en última ratio, si hay alguna afectación a un derecho fundamental, el Tribunal Constitucional”.

Este proyecto de Ley que proponía la segunda instancia a la SUNEDU tuvo que ser retirado, según Luis Dioses Guzmán, titular de la Comisión de Educación del Congreso.

¿Intereses en el Congreso?

Existen en el Congreso bancadas y partidos políticos que se encuentran ligadas a universidades, incluso algunas que no han obtenido el licenciamiento. Así, por ejemplo, el presidente del partido Podemos Perú es José León Luna Gálvez, dueño de la Universidad Telesup que no solo no contaba con la calidad mínima requerida por la SUNEDU sino que no ha cumplido con lo dispuesto por dicha entidad. En la misma bancada se encuentra su hijo,  José Luis Luna, administrador de la  Universidad Ciencias de la Salud, a la que se le negó el licenciamiento el año pasado. No solo eso, el hijo de Luna Galvez, tiene acciones en Escuela Internacional de Posgrado S.A.C., centro educativo que tampoco obtuvo licenciamiento. Podemos Perú tiene 11 parlamentarios.

Asimismo, el fiscal de Lavado de Activos Wilson Salazar Reque hizo público el año pasado el traspaso de fondos de la Universidad Alas Peruanas, que no obtuvo el licenciamiento, a las cuentas de Fuerza Popular para financiar su campaña presidencial en el 2016. Dicho partido político cuenta con 15 parlamentarios.

Alianza para el Progreso tiene 22 parlamentarios. El presidente de su partido político, César Acuña Peralta, es el dueño de la Universidad Cesar Vallejo, universidad que obtuvo su licenciamiento el año pasado.

En la bancada Unión por el Perú se encuentra el congresista Virgilio acuña, uno de los dueños de la Universidad de Lambayeque, la misma a la que se le negó el licenciamiento el año pasado. Dicha bancada cuenta con 13 congresistas.

¿Serán capaces las mencionadas bancadas de impedir que sus intereses personales sobresalten en sus actuaciones del congreso?